lunes, 16 de junio de 2008

Facturación en Venezuela

¿Qué es una factura?

Una factura es la relación escrita que el vendedor entrega al comprador detallando las mercancías que le ha vendido o registrando el valor de una provisión del servicio, indicando cantidades, naturaleza, precio y demás condiciones de la venta. Con este documento se hace el cargo al cliente y se contabiliza su deuda a favor del vendedor. Para el comprador es el documento que justifica la compra y con su contabilización queda registrado su compromiso de pago. Como mínimo la factura debe extenderse por duplicado. El original queda en poder del comprador y el duplicado queda para el vendedor y con él se contabiliza la venta y el cargo al comprador. Este documento se rige por lo ordenado en el Código de Comercio, según los artículos 107 al 149. La importancia de las facturas radica en que es uno de los justificantes fiscales que le permiten al receptor el derecho de la deducción de impuesto. La factura es el documento principal de la operación de Compra-venta, con ella queda concretada y concluida la operación y es un documento de contabilidad (sirve para justificar los registros en los libros respectivos) y medio de prueba legal.

¿Qué debe contener una factura?
  • Denominación factura.
  • Numeración consecutiva y única.
  • Número de Control preimpreso en la factura.
  • Total de los Números de Control asignados, expresado de la siguiente manera “desde el N° ... hasta el N° ...”.
  • Nombre y Apellido o razón social, domicilio fiscal y número de Registro Único de Información Fiscal (RIF) del emisor.
  • Nombre y Apellido o razón social y número de Registro Único de Información Fiscal (RIF), se puede omitir el RIF pero se debe indicar la cédula o pasaporte cuando el adquirente en persona natural
  • Descripción de la venta del bien o de la prestación del servicio, con indicación de la cantidad y monto, se puede omitir cantidad si el servicio no se puede cuantificar. Por otra parte los exentos de IVA debe deberá aparecer al lado de la descripción o de su precio, el carácter E separado por un espacio en blanco y entre paréntesis según el siguiente formato: (E).
  • Indicación de los conceptos que se carguen o cobren en adición al precio o remuneración convenidos.
  • Descripción y valor de los descuentos, bonificaciones, anulaciones y de cualquier otro ajuste realizado al precio.
  • Especificación del monto total de la base imponible del impuesto al valor agregado, discriminada según la alícuota, indicando el porcentaje aplicable, así como la especificación del monto total exento o exonerado.
  • Especificación del monto total del impuesto al valor agregado, discriminado según la alícuota indicando el porcentaje aplicable.
  • Indicación del valor total de la venta de los bienes o de la prestación del servicio o de la suma de ambos, si corresponde.
  • Contener la frase “sin derecho a crédito fiscal”, cuando se trate de las copias de las facturas.
  • Especificación de la forma de pago indicando si el mismo es en: efectivo, tarjetas de debito, de crédito, cheque, otros.
  • En los casos de operaciones gravadas con el IVA, cuya contraprestación haya sido expresada en moneda extranjera, equivalente a la cantidad correspondiente en moneda nacional, deberán constar ambas cantidades en la factura, con indicación del monto total y del tipo de cambio aplicable.
  • Razón social y el número de Registro Único de Información Fiscal (RIF), de la imprenta autorizada, así como la nomenclatura y fecha de la Providencia Administrativa de autorización.
  • Fecha de elaboración por la imprenta autorizada, constituida por ocho (8) dígitos con el siguiente formato: DD-MM-AAAA, donde DD serán los dos (2) dígitos del día, MM serán los dos (2) dígitos del mes y AAAA, serán los cuatro (4) dígitos del año.

¿Quiénes deben facturar?

  • Contribuyentes Ordinarios de IVA.
  • No Contribuyentes Ordinarios con operaciones superiores a 1.500 UT.
  • No Contribuyentes Ordinarios de IVA con ingresos iguales o inferiores a 1.500 UT, en los casos que la factura se requiera a efectos tributarios.

Medios para la Emisión de Facturas y Documentos

  • Manual o Mecánico, utilizando formatos elaborados por Imprentas Autorizadas.
  • Computarizado o Automatizado, utilizando formas libres.
  • Máquinas Fiscales.